UNIDAD 5 (a)


Superintendentes 'que gobiernan

para derecho mismo'

Jehová, como Pastor amoroso, ha dado a los superintendentes la dirección de que 'gobiernen como príncipes para derecho mismo'. (Isa. 32:1, 2.) Puesto que Jehová Dios es santo, requiere que todos los que lo adoren estén limpios espiritual y moralmente. (1 Ped. 1:14-16.) Como superintendentes nombrados, ustedes desempeñan un papel importante en salvaguardar la limpieza de la congregación.

La palabra "superintendente" (e.pí.sko.pos), que encierra la idea fundamental de cuidado protector, comunica también la idea de uno que vigila, un guardián, un pastor del rebaño. Ustedes son responsables de cultivar en el corazón de los hermanos amor por lo que es bueno y odio por lo que es malo, inicuo. (Rom. 12:9.) Al adherirse a la Palabra de Dios y usar con eficiencia el arte de enseñar, podrán ayudar a los hermanos, no solo a entender lo que es correcto o lo que es incorrecto, sino también a participar activamente en mantener a la congregación limpia y casta para el servicio público a Jehová.

Cómo promueven justicia los ancianos

Todos los ancianos tienen la responsabilidad de pastorear el rebaño, enseñar, censurar, corregir y exhortar según sea necesario. (Tito 1:9-14.)

    Cuando enseñen, expongan con claridad lo que Dios requiere y animen a todos a adherirse fielmente a sus principios justos.

    Ayuden a sus compañeros de creencia a reconocer la responsabilidad que tienen de mantener a la congregación limpia.

      Ayúdenles a entender que esto requiere:

        Mantener casta su propia conducta.

        Prestar atención a su conciencia educada por la Biblia.

        No cesar de resistir las tentaciones.

        Negarse a alimentar la mente con ideas inmorales; darse cuenta de que las ideas incorrectas llevan a acciones malas.

        Que los jóvenes obedezcan a sus padres.

        Negarse a imitar al mundo y sus caminos antibíblicos.

        Enseñar las elevadas normas morales de la Biblia a los que manifiestan interés.

Pongan un buen ejemplo en actitud, conducta y habla, para que la congregación pueda imitar la fe de ustedes. (Reb. 13:7.)

    Desplieguen características propias de un hombre espiritual; no cedan a las prácticas inmundas del hombre fisico. (1 Cor.2:14,15.)

      Su ejemplo ayudará a sus hermanos a tener "la mente de Cristo". (1 Cor. 2:16.)

Tomen la iniciativa en ayudar a cualquier miembro de la congregación que haya dado un paso en falso; hagan cuanto puedan por reajustarlo. (Gál. 6:1.)

    Animen a cultivar buenas compañías; adviertan a los hermanos que se cuiden de las malas compañías tanto dentro como fuera de la congregación. (1 Cor. 15:33.)

      Con todo, no fomenten mala voluntad para con la persona débil de la congregación que está recibiendo ayuda.

    Puede que algunos no tengan aún sus facultades perceptivas entrenadas para distinguir entre lo correcto y lo incorrecto. (Heb. 5:14.)

      Sigan vigilando por las almas de ellos, pues también tendrán que rendir cuentas por estos. (Heb. 13:17.)

    Perciban la diferencia entre una persona débil y una persona inicua.

Traten con los hermanos como Jehová trataría con ellos. (Efe. 5:1.)

    Siempre usen la Palabra de Dios para darles guía; eviten expresar sus propias opiniones. (2 Tim. 4:2.)

    En todos sus tratos sean Justos y a la vez bondadosos. (Miq.6:8.)

    Manifiesten humildad por medio de mostrar empatía, puesto que ustedes también son simplemente hombres hechos del polvo. (Sal. 103:13,14.)

Actúen como jueces capacitados.

    No permitan que el espíritu del mundo penetre en la congregación. (1 Cor. 2:12; Efe. 2:1,2.)

    Censuren y reajusten a los que obran mal. (Tito 1:9.)

    Remuevan a los malhechores que no se arrepienten. (1 Cor.5:7,13.)

Sostengan la justicia de Jehová

Los actos de maldad van en aumento, tanto en frecuencia como en depravación; esa tendencia puede infiltrarse en la congregación y afectaría. (2 Tim. 3:1-5, 13; Judas 3, 4, 11-13.)

Las Escrituras muestran claramente que Jehová prohibe cierto tipo de conducta entre su pueblo limpio; los hermanos tienen que sostener las justas normas de Jehová con relación a lo siguiente:

Homicidio.

    La negligencia al conducir el automóvil, no darle el mantenimiento adecuado; o cualquier otra acción que resulte en heridas o muerte debido a negligencia o descuido pudiera acarrear cierto grado de culpa. (Compárese con Deuteronomio 22:8.)

      De igual manera se puede considerar el ser boxeadorprofesional. (w81-S 15/10 pág. 31.)

    El intento de suicidio puede deberse a gran desesperación o adepresión crónica; sean cuidadosos y compasivos al tratar conalguien que haya intentado suicidarse. En la mayoría de loscasos no se requiere una audiencia judicial. (Sal. 88:3, 17, 18;Pro. 15:13; Ecl. 7:7; g90-S 8/9 págs. 22, 23; w90-S 15/3págs. 26-30; w90-S 1/3 págs. 5-9; w83-S 15/12 págs. 3-11.)

Conducta sexual impropia, lo que incluye adulterio, fornicación y otras formas de "por.néi.a".

    La inmundicia incluye el tocar momentáneamente, con intención, los órganos sexuales, o acariciar los pechos. (1 Tes. 4:7,8; l Tim.5:1,2.)

      La inmundicia que no es de tipo grave puede ser atendida a discreción de uno o dos ancianos; no es necesario que haya una audiencia judicial.

      Para ayudar a la persona a mantener una conducta casta en el futuro habrá que dar consejo firme, admonición y ayuda.

      Si no se corrige ese proceder, pudiera aumentar en gravedad y por su repetición frecuente convertirse en conducta relajada.

    La conducta relajada es desprecio alarmante y flagrante de las normas morales de Jehová. (Gál. 5:19; w83-S 15/7 pág. 31;w74-S 15/2 págs. 126, 127.)

      Pudiera incluir la práctica deliberada de intenso acariciarse, abrazarse y besarse, o de acariciar los pechos.

      La naturaleza, las circunstancias y el grado mismo de lo que haya ocurrido pudieran indicar si se trata de conducta relajada, lo que requiriría acción judicial.

      Esas prácticas pueden llevar fácilmente a por.néi.a.

    "Por.néi.a" encierra el uso inmoral de los órganos genitales de por lo menos un humano (sea de manera natural o pervertida); y debe haber otro implicado en la inmoralidad -sea un humano de cualquiera de los dos sexos o una bestia-; el participar voluntariamente en esto resulta en culpa y exige acción judicial. No se trata del toque fortuito de los órganos sexuales entre personas, sino que implica la manipulación de los órganos genitales. (w83-S 15/9 págs. 23-26; w83-S 15/7 págs. 0,31.)

      Comprende la cópula oral y anal o la masturbación mutua entre personas no casadas la una con la otra, la homosexualidad, el lesbianismo, la fornicación, el adulterio, el incesto y la bestialidad. (Lev. 20:10, 13, 15, 16; Rom. 1:24, 26, 27, 32; 1 Cor. 6:9, 10.)

      También abarca el abuso sexual de niños, lo que incluye prácticas en las que participe un bardaje (un muchacho mantenido con propósitos de perversión sexual). (Deu. 23:17, 18, Bib. con Refs., notas.)

      Hay que tratar con muchísima consideración y bondad a las víctimas del abuso sexual. Los ancianos siempre deben hacer lo que sea razonablemente posible para proteger de abuso adicional a los niños; en tales asuntos sigan las instrucciones de la Sociedad. (g85-S 22/1 pág. 8.)

    La masturbación no es "por.néi.a"; tampoco sería culpable de por.néi.a la persona que haya sido violada. (w83-S 15/7pág. 30; w74-S 15/6 págs. 383, 384; ad-S págs. 610, 611;tp-S pág. 144.)

    El término por.néi.a recalca tanto la naturaleza obscena como la intención de la conducta de la persona, y abarca toda actividad sexual ilícita que es típica de una casa de prostitución.

      No tiene que haber cópula (en el sentido de penetración) para que haya por.néi.a; tampoco tendría que haber clímax sexual.

      En casos dudosos, será responsabilidad del comité judicial considerar cuidadosamente lo que las Escrituras dicen y los hechos particulares relacionados con el caso para determinar si hubo o no hubo por.néi.a.

        Esa responsabilidad no se debe tomar a la ligera, especialmente cuando está envuelto el asunto de quedar libre bíblicamente alguna persona para volverse a casar. (Mal. 2:16a.)

Apostasia.

    La apostasía es un pararse a distancia de, un alejarse, defección, rebelión, abandono; implica enseñar doctrinas falsas, apoyar o promover la religión falsa y sus días de fiesta o las actividades de unión de fes. (Deu. 13:13, 15; Jos. 22:22, nota; Hech. 21:21, nota; 2 Cor. 6:14, 15, 17, 18; 2Juan 7, 9, 10; Rev. 18:4.)

      Se debe ayudar a los que tienen verdaderas dudas, y mostrar misericordia al tratar con ellos. (Judas 22, 23; w83-S 15/1 págs. 20, 21; w80-S 1/8 págs. 21,22.)

    La apostasía incluye, además, acción que se toma contra la adoración verdadera de Jehová o contra el orden que él ha establecido en su pueblo dedicado. (Jer. 17:13; 23:15; 28:15, 16; 2Tes. 2:9, 10.)

    Personas que deliberadamente esparcen (se adhieren obstinadamente a, y hablan de) enseñanzas contrarias a la verdad bíblica como la enseñan los testigos de Jehová son apóstatas.

    Si se sabe que alguien ha empezado a asociarse con otra organización religiosa, entonces el asunto debe investigarse, y si se verifica, entonces debe formarse un comité.

      Si se establece con toda claridad que la persona se ha unido a otra organización religiosa y tiene la intención de permanecer en ella, los ancianos hacen un breve anuncio a lacongregación de que tal persona se ha desasociado. (w86-S15/10 pág. 31.)

    El efectuar trabajo seglar para una organización religiosa falsa pudiera poner a la persona en una situación similar a la de alguien que predica doctrinas falsas. (2 Cor. 6:14-16.)

    El celebrar un día de fiesta de la religión falsa sería similar a ejecutar cualquier otro acto de adoración falsa. (Jer. 7:16-19.)

    La Biblia condena lo siguiente:

      Causar divisiones y promover sectas.

        Esto sería actuar deliberado que perturbe la unidad de la congregación o socave la confianza de los hermanos en el arreglo de Jehová.

        Puede implicar apostasía, o llevar a ella. (Rom. 16:17, 18; Tito 3:10, 11.)

    La práctica del espiritismo. (Deu. 18:9-13; 1 Cor. 10:21, 22; Gál. 5:20.)

    La idolatría. (1 Cor. 6:9, 10; 10:14.)

      La idolatría incluye el poseer y usar imágenes y cuadros que se emplean en la religión falsa.

Borrachera. (1 Cor. 5:11; 6:9, 10; ad-S págs. 228,229.)

Hurto, robo,fraude. (Lev. 6:2, 4; 1 Cor. 6:9, 10; Efe. 4:28; ad-S pág. 615.)

Mentir deliberada y maliciosamente; dar falso testimonio. (Pro. 6:16, 19; Col. 3:9; Rev. 22:15; ad-S págs. 1114,115

Injuria, calumnia. (Lev. 19:16; 1 Cor. 6:10; ad-S págs. 396,397, 790, 791.)

Habla obscena. (Efe. 5:3-5; Col. 3:8.)

El no abstenerse de sangre. (Gén. 9:4; Hech. 15:20,28,29.)

Avidez... juego por dinero, extorsión. ( Cor. 5:10, 11;6:10; 1Tim. 3:8; ad-S pág. 173.)

El negarse rotundamente a suministrar a la familia lo que necesita en sentido material... hacer que la esposa y los hijos estén en la miseria cuando el esposo tiene los medios para proveer lo necesario. (1 Tim. 5:8; w88-S 1/11 págs. 22, 23; km-E 9/73 pág. 8.)

Actividades no neutrales. (Isa. 2:4; Juan 6:15; 17:16.)

Arrebatos de cólera, violencia. (Pro. 22:24, 25; Mal. 2:16; Gál. 5:20.)

Mal uso del tabaco u otras drogas adictivas. (2 Cor. 7:1;Mar. 15:23; Rev. 21:8, Bib. con Refs., nota; 22:15, Bib. con Refs., nota.)

Conducta relajada. Este término no aplica exclusivamente a la inmoralidad sexual. (Gál. 5:19, Bib. con Refs., nota;2 Ped. 2:7, Bib. con Refs. nota; w83-S 15/7 pág. 31; w74-S 15/2 págs. 126, 127; ad-S pág. 339.)

    RESUMEN: Los males cometidos varían en gravedad. A veces puede haber combinación de pecados, y esto tiene que discernirse para determinar el punto de vista bíblico sobre la conducta de la persona. En todos los casos los ancianos deben pesar cuidadosamente cada situación o circunstancia. Tienen lo que realmente ocurrió, el grado y la naturaleza del comportamiento incorrecto, las intenciones y los motivos, la frecuencia o práctica implicadas, etc. Los ancianos deben desplegar buen juicio y ser razonables y equilibrados mientras determinan el comportamiento a la luz de las Escrituras.

Su meta debe ser ayudar a la persona

Queremos ayudar a las personas a permanecer dentro del paraíso espiritual de Jehová.

    Cuando los ancianos son abordables y muestran interés genuino en el bienestar espiritual de la congregación, se mantienen informados y alerta respecto a cualquier necesidad especial dentro de la congregación.

    En algunos casos el que ha cometido un error va voluntariamente a los ancianos en busca de ayuda y confiesa su mal. (Pro. 28:13.)

      Si la persona es culpable de un mal grave, es sabio que hable con uno o más de los ancianos respecto a lo que ha hecho. (Sant. 5:16.)

        Se debe formar un comité judicial si se han cometido pecados crasos.

    En otros casos puede que se presente una acusación contra un miembro de la congregación. (1 Cor. 1:11)

      Si alguien se ha enterado de un mal que pudiera contaminar a la congregación, está obligado a informar el asunto para mantener limpia a la congregación. (Lev. 5:1; Núm. 15:32-34; Pro. 29:24.)

No se forma automáticamente un comité judicial aunque se acuse a alguna persona de pecado grave.

    Puede que el anciano que oiga del mal cometido pueda encargarse de algunos asuntos. (Gál. 6:1.)

      Aunque le parezca a usted que basta con el consejo que haya dado a la persona para restaurarla, es aconsejable informar el asunto al superintendente presidente; tal vez haya otros factores implicados.

          Puede que el asunto se haya presentado antes o quizás se hayan cometido otros males de que esté enterado el superintendente presidente.

    Ciertos asuntos pueden ser investigados y atendidos por dos ancianos que el cuerpo de ancianos asigne.

Hay ciertos casos que el cuerpo de ancianos tiene la responsabilidad de investigar y, cuando sea necesario, debe nombrar un comité judicial para que los trate:

    Pecados crasos... sea que hayan puesto en descrédito a la congregación a la vista del público o que sean de naturaleza relativamente privada. (Rom. 2:21-24; 1 Cor. 5:1; 2 Cor. 7:11.)

    Cualquier pecado grave que encierre una clara amenaza de contaminar a la congregación. (1 Cor. 5:6, 9-11; Gál. 5:19-21; 1 Tim. 1:9, 10.)

    Cuando un anciano o un siervo ministerial comete un mal craso, tiene la obligación moral de informar al cuerpo de ancianos que está en condición reprensible.

      Ya no satisfaría los requisitos para seguir en su puesto de servicio.

      Lo mismo sería cierto en el caso de un precursor que se envolviera en pecado grave.

      Los ancianos, siervos ministeriales y precursores deben ser irreprensibles y servir con conciencia limpia. (1 Tim. 3:2, 8,9; Tito 1:6.)

Menores bautizados.

    Cuando un menor bautizado comete un mal que pone en peligro la limpieza de la congregación, el comité asignado debe reunirse con él tal como lo haría con cualquier otro miembro de la congregación.

      Sería mejor reunirse con tal joven y sus padres cristianos; ellos tienen la responsabilidad de criarlo y educarlo.

    Si es posible, traten de devolver la salud espiritual a la persona. (Gál. 6:1, nota.)

      Si los esfuerzos por restauración espiritual son en vano, entonces se puede expulsar.

      Aunque hijos menores sean expulsados, todavía los padres tienen la responsabilidad de criarlos, educarlos y enseñarles, incluso de estudiar con ellos si viven en la misma casa. (w88-S 15/11 pág. 20.)


Personas casadas.

    Si quien ha cometido el mal es una mujer casada, lo mejor seria reunirse con ella y su esposo creyente.

      Él es cabeza de ella, y los esfuerzos que haga por restaurarla y dirigirla pueden ser muy útiles.

      Si a pesar de los esfuerzos la persona no muestra arrepentimiento, entonces debe ser expulsada por su mal. (w81-S 1/11 págs. 25-31.)

    La expulsión de un cónyuge no pone fin a las responsabilidades maritales.

Publicaciones no bautizados.

    Los publicadores no bautizados que cometan males graves pueden ser reajustados.

    Dos ancianos hablarán con el pecador y determinarán qué acción debe tomarse. (w88-S 15/11 págs. 18-20.)

      Quizás le indiquen que no puede participar en el ministerio público o comentar en las reuniones, y tal vez hasta no le permitan participar en la Escuela del Ministerio Teocrático hasta que haya alcanzado mayor progreso espiritual.

      Si la persona esta arrepentida, pero el mal cometido se conoce extensamente; entonces el Comité de Servicio de la Congregación pudiera encargarse de que se haga a la congregación un anuncio en los siguientes términos: "Se ha tratado un asunto en que estuvo implicad(o, a)". (w88-S 15/11 pág. 18.)

      Si el publicador no bautizado que es malhechor es un menor, habría que consultar con sus padres cristianos para determinar qué medidas han tomado para corregir al malhechor. Puede que también sea necesario reunirse con tal joven y sus padres.

    Si un publicador no bautizado es impenitente y continúa en su mal comportamiento, a pesar de los esfuerzos que se hayan hecho por ayudarle, entonces se puede hacer un anuncio que diga: "[Nombre de la persona] ya no es publicad(or, ora) de las buenas nuevas". (w88-S 15/11 pág. 19.)

    Su meta al tratar con publicadores no bautizados, sean jóvenes o adultos, es la de ayudarles. (1 Tes. 5:14.)

Personas bautizadas que por algún tiempo no se han asociado.

    Si se enteran de que alguien en esa condición ha cometido un mal grave, el asunto debe investigarse si presenta una amenaza a la limpieza y el bienestar de la congregación o causa un escándalo público.

      Consideren lo siguiente:

        ¿Afirma esa persona que aún es Testigo?

        ¿Se le reconoce, por lo general, como tal en la congregación y/o en la comunidad?

        ¿Tiene la persona cierto grado de contacto o asociación con la congregación, de modo que exista una influencia corruptora comparable a levadura?

        ¿Cómo se enteraron del asunto los ancianos?

        ¿Está dispuesta la persona a reunirse con el comité, reconociendo así que es responsable ante la congregación cristiana?

      Dependiendo del tiempo que haya estado inactiva la persona y de otros factores ya mencionados, los ancianos quizás resuelvan mantener el asunto en espera.

        En tal caso, debe guardarse en el archivo de la congregación un registro del comportamiento dudoso de la persona, de modo que todo lo que se anote pueda aclararse cuando la persona muestre interés por estar activa de nuevo.

      Si solo miembros creyentes de la familia de tal persona están al tanto del proceder incorrecto, y la congregación no toma acción debido a los factores ya descritos, puede que los familiares creyentes decidan mantener al mínimo el trato familíar, por considerar al pariente como mala compañía. (1 Cor. 15:33.)

      Si la persona aún afirma ser Testigo y está dispuesta a reunirse con el comité judicial, el asunto debe manejarse como de costumbre. Sin embargo, cuando existan factores tales como una posible demanda judicial, lo mejor será consultar con la Sociedad antes de actuar. (w87-S 1/9 pág. 14.)

Si hay personas que persisten en 'andar desordenadamente', en violación flagrante de principios bíblicos bien establecídos, pero no hasta el grado de merecer acción judicial, entonces los miembros de la congregación pueden 'Señalar' a tales personas. (2 Tes. 3:6, 14, 15; w85-S 15/4 págs. 30, 31; om-S págs. 152, 153.)

    Sin embargo, esto sólo ocurriría después que no se hubiera prestado atención a los efuerzos repetidos que se hubieran hecho para darle consejo y advertencia autoritativos basados en las Escrituras, y en muchos casos después de haberse presentado un discurso a la congregación en advertencia contra tal proceder. (w85-S 15/4 págs. 30, 31; w81-S 1/11págs. 22-24.)

    Si la persona que ha sido señalada continúa en su proceder incorrecto en desafio claro de las normas cristianas, rechazando obstinadamente el consejo amoroso fundado en las Escrituras, entonces se podrá tomar acción judicial si la situación se convierte en escandalosa conducta relajada.

Lo apropiado de la expulsión

Al tomar decisiones o contestar preguntas acerca de la censura judicial, la expulsión, la desasociación o el restablecimiento, los ancianos deben asegurarse de que sus decisiones y respuestas se basen sólidamente en la Biblia y armonicen con las declaraciones más recientes de la Sociedad. (Compárese con 1 Corintios 4:6.)

    Antes de iniciar una audiencia judicial, los ancianos asignados a participar en el comité judicial deben repasar las instrucciones que se dan en las Unidades 5 (a), 5 (b)y 5 (c), y examinar textos pertinentes y referencias en las publicaciones de la Sociedad.

      Deben también asegurarse de proceder con arreglo a la infornacion más reciente publicada en La Atalaya y en las cartas de la Sociedad.

Lo que se logra por la expulsión:

    Se mantiene en alto el nombre de Jehová y su norma de justicia. (Hech. 15:14; 1 Ped. 1:14-16; compárese con Isaías 52:5.)

    Se protege la pureza de la congregación. (1 Cor. 5:1-13; 2Cor. 7:11.)

    Puede que corrija al malhechor no arrepentido y le devuelva el juicio. (2Cor. 2:6-8.)

Lo que implica el desasociarse

La expulsión es una acción que toma un comité judicial contra malhechores impenitentes, mientras que el desasociarse es una acción que toma la persona que ha decidido que ya no desea ser testigo de Jehová. (1 Juan 2:19.)

    La Palabra de Dios habla de los que dejan el camino de la verdad; pueden hacer esto mediante escribir una carta o por su manera de actuar. (w81-S 15/11 pág. 17.)

Si una persona emprende un proceder contrario a la posición neutral de la congregación cristiana, la congregación se ve en la obligación de considerarla como alguien que ha decidido separarse de nosotros. (Isa. 2:4; Juan 15:17-19.)

    Se debe hacer un breve anuncio para notificar a la congregación que esa persona, por el proceder que ha escogido, ya no desea ser testigo de Jehová. (Se debe notificar a la Sociedad mediante los formularios S-77-S y S-79-S.)

Si una persona bautizada insiste en que no desea ser parte de la congregación y solicita que su nombre se quite de todos nuestros registros, debemos acceder a su solicitud.

    Puesto que adopta una posición tan categórica, ínstela a poner su solicitud por escrito.

      Si rehúsa hacerlo, pero declara resueltamente ante testigos su decisión de desasociarse y de que ya no se le conozca como testigo de Jehová, entonces se pedirá a los testigos de esa declaración que la pongan por escrito y la firmen.

En todo caso de desasociación un comité consideraría las pruebas relacionadas con el asunto.

    Si la persona ha puesto fin definitivamente a su condición de miembro de la congregación, los ancianos hacen un breve anuncio de su desasociación. (w86-S 15/10 pág. 31.)

      Debe notificarse a la Sociedad por los formularios S-77-S y S-79-S.

      Se considerará a la persona como alguien que se ha desasociado.

No será necesario que un comité siga investigando un supuesto mal proceder si la persona acusada da a conocer su decisión de desasociarse. (w84-S 1/7 pág. 31.)

    No obstante, el comité prepararía un resumen escrito de la(s) supuesta(s) ofensa(s) y de la prueba presentada.

      Ese resumen se archivaría junto con la información relacionada con la desasociación.

      Si más tarde la persona pide que se la restablezca, en esa ocasión habría que considerar con ella esos asuntos.

A los que se desasocian se les debe ver y tratar como a los expulsados. (w85-S 15/7 págs. 30, 31.)

    Si alguien se desasocia y luego quiere regresar a la congregación, debe solicitar una audiencia de restablecimiento, lo mismo que haría el que estuviera expulsado.

Manera correcta de considerar a los expulsados y desasociados

Si alguien trata de influir en otros para que adopten un proceder que las Escrituras condenan, o trata de engañar a otros, todos deben evitarlo; esa persona está descrita en 2Juan 9-11.

Los que desean hallarse en buena relación con Jehová se apartan de los expulsados y los desasociados.

    En 1 Corintios 5:11-13 el apóstol Pablo suministra consejo bíblico fundamental sobre la manera apropiada de considerar a los que han sido echados de la congregación.

    Juan aconseja contra hablar o asociarnos con un expulsado o desasociado para que no seamos 'partícipes en sus obras inicuas'. (2Juan 11.)

    En La Atalaya del 15 de noviembre de 1981, páginas 14-25, se dan pautas bíblicas e históricas sobre cómo considerar a los expulsados y los desasociados.

En particular se necesita cautela en contactos con personas expulsadas que han apostatado y las que continúan en su proceder inmoral. (Tito 3:10, 11; 1 Juan 2:19.)

    Como gangrena, pueden contaminar a la congregación.(2Tim. 2:16-18.)

El principio expuesto en las palabras de Jesús en Mateo 10:34-38 aplica a situaciones que implican a familiares expulsados o desasociados.

    Puede que surjan problemas especiales y dificiles en lo relacionado con reuniones de tipo social.

      Los adoradores leales de Jehová querrán adherirse al consejo inspirado de 1 Corintios 5:11.

    Por lo general no se expulsaría a un pariente cercano por asociarse con un expulsado, a menos que haya asociación espiritual o se haga un esfuerzo por justificar o excusar el mal proceder.

Como se pudieran atender los preparativos para el funeral de un expulsado:

    Si el expulsado había dado prueba de arrepentimiento, puede que la conciencia de algún hermano le permita dar un discurso bíblico en la funeraria o en el cementerio. Sin embargo, no se debe usar el Salón del Reino. (w81-S 15/11 pág. 25; w77-S 15/10 págs. 634, 635.)

    Si la persona fallecida aún abogaba por enseñanzas falsas o conducta impía, no sería apropiado dar un discurso de funeral. (2Juan 9-11.)

Debe tenerse presente que todos los problemas y las pruebas relacionados que hayan surgido son el resultado del mal comportamiento del expulsado.

Cooperación entre las congregaciones

Cuando un caso que se considera requiere la cooperación de dos o más congregaciones, no vacilen en suministrar la ayuda requerida.

Si alguien se ha mudado a otra congregación, no conviertan en un problema el asunto de la jurisdicción.

    ¿Tienen ustedes los hechos? ¿Pueden encargarse con mayor eficacia del caso?

    Entonces pudiera ser apropiado que ustedes se ocuparan del asunto sin dilación.

Si el mal cometido implica a personas que asisten a diferentes congregaciones, entonces pidan la ayuda de los ancianos de la(s) otra(s) congrega( ción, ciones) y beneficiense de sus observaciones.

    Los comités judiciales pueden entrevistarse por separado y/o en conjunto con los implicados, a fin de asegurarse de los hechos y aclarar cualesquier discrepancias. (Pro. 18:13, 17.)

    Si se efectua una reunión conjunta, el comité judicial de cada congregación se reunirá después y considerará el (los) caso(S) de la(s) persona(s) de su propia congregación.

    La buena comunicación y la cooperación mantendrán al mínimo las inconsecuencias en los juicios que se den.

    No dejen que un asunto permanezca sin recibir atención.

Guarden lo confidencial

Nadie debe considerar asuntos privados o judiciales con miembros de su familia, ni siquiera con su esposa, ni con otros que no estén implicados. (w71-S 15/9 págs. 574-576.)

    Piensen antes de hablar.

    Sean sumamente cuidadosos para no divulgar sin querer información privada mientras hablan por teléfono y otros escuchan su conversación o cuando hay cerca personas que pudieran escuchar lo que se dice.

A veces puede que sea necesario consultar sobre un caso judicial complicado con un anciano maduro de experiencia de otra congregación, o con el superintendente de circuito.

    Por lo general se podrán considerar asuntos pertinentes, pero no se deben usar nombres.

      No obstante, cuando el anciano con quien se consulta es el superintendente de circuito, o si las circunstancias requieren que ustedes se comuniquen con la Sociedad, entonces pudiera ser necesario emplear nombres. (w87-S 1/9 págs. 12-15; km-S 10/77 pág. 6.)

Ejerzan cuidado para guardar lo confidencial. (Pro. 11:13;15:22.)

Sean "imitadores de Dios"

Jehová es un Dios de justicia; es misericordioso, bondadoso, amoroso ypaciente. (Exo. 34:6,7; Sal. 37:28.)

    Al tratar con sus hermanos, imiten a Jehová, desplegando estas cualidades, y llegarán a ser una honra para él y una bendición para sus hermanos. (Efe. 5:1.)